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	<title>protecciondedatospersonales.cl &#187; protección de datos personales</title>
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	<description>Protección de Datos Personales</description>
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		<title>Seminario Regional de Protección de Datos, Montevideo (junio 2010)</title>
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		<pubDate>Tue, 11 May 2010 16:29:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autoridades de protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[Eventos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Transferencias Internacionales de datos (TID)]]></category>
		<category><![CDATA[Órgano de Control de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[Red Iberoamericana de Protección de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[En Montevideo, del 01 junio al 04 de junio de 2010, se realizará el Seminario Regional de Protección de Datos, con participantes invitados representantes de Instituciones, administraciones y organismos de los países que conforman la Comunidad Iberoamericana. Partiendo de la situación actual de los países del entorno latinoamericano y siendo conscientes de las consecuencias a<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/05/11/seminario-regional-de-proteccion-de-datos-montevideo-junio-2010/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/05/DSCF2111.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-779" title="DSCF2111" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/05/DSCF2111-300x225.jpg" alt="" width="300" height="225" /></a>En Montevideo, del 01 junio al 04 de junio de 2010, se realizará el Seminario Regional de Protección de Datos, con participantes invitados representantes de Instituciones, administraciones y organismos de los países que conforman la Comunidad Iberoamericana.</p>
<p>Partiendo de la situación actual de los países del entorno latinoamericano y siendo conscientes de las consecuencias a nivel social, tecnológico y económico que supone la obtención de la Declaración de Adecuación, emitida por la Comisión Europea, por parte de los países miembros de la <a title="RIPD" href="http://www.redipd.org/index-ides-idphp.php" target="_blank">Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD)</a>, dentro del marco del reconocimiento del Derecho a la Protección de Datos Personales como un Derecho Fundamental,</p>
<p><span id="more-511"></span>Consideramos que la celebración de un Seminario en el que participen autoridades de protección de datos junto a representantes de las instituciones iberoamericanas miembros de la RIPD, puede ser una buena oportunidad para impulsar la implementación de una norma que regule esta materia en cada uno de los países miembros, así como una excelente ocasión para avanzar en el proceso de obtención de la &#8220;Declaración de Adecuación&#8221; aludida. Sin perjuicio de abordar temas como las Transferencias Internacionales de Datos (TID), transparencia y la protección de datos personales y la privacidad en el entorno judicial y empresarial, se aprovechará para conocer la situación actual de cada país en el momento de la celebración del Seminario, así como para exponer el estado actual de los proyectos comprometidos por cada uno de los países del entorno iberoamericano en el último Encuentro celebrado en el mes de noviembre en Madrid.</p>
<p><strong>PROGRAMA</strong>:</p>
<p>1 DE JUNIO</p>
<p>Las Transferencias Internacionales de datos y su relación con la adecuación de la Unión Europea.</p>
<p>Transferencias Internacionales a países con niveles adecuados y no adecuados de protección. Aspectos Prácticos.</p>
<p>Transferencias Internacionales a países con niveles adecuados y no adecuados de protección. Aspectos Prácticos (continuación).</p>
<p>2 DE JUNIO</p>
<p>La armonización entre las leyes de transparencia y los estándares internacionales de protección de datos personales.</p>
<p>Interoperabilidad versus Privacidad en las Administraciones Públicas.</p>
<p>Interés público y protección de datos personales con especial referencia a los Derechos Humanos.</p>
<p>3 DE JUNIO</p>
<p>El tratamiento de los datos personales en los Tribunales de Justicia.</p>
<p>Bases de Datos Jurisdiccionales.</p>
<p>Garantías en el acceso a la información y protección de datos personales en el ámbito jurisdiccional.</p>
<p>Casos jurisprudenciales, antes y después de la sanción de la Ley uruguaya, de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data.</p>
<p>4 DE JUNIO</p>
<p>Regularización Internacional de los Bureau de información crediticia. Sectores Corporativos más susceptibles a la protección de datos: estrategias y buenas prácticas de abordaje regulatorio.</p>
<p>Tratamiento de datos sensibles en las empresas e incidencia del secreto profesional. Incidencia de la Protección de Datos en el diseño empresarial</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Cesión de datos de salud V.2 (Caso I-MED)</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2010/04/08/cesion-de-datos-de-salud-v-2/</link>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 19:01:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos sensibles]]></category>
		<category><![CDATA[I-MED]]></category>
		<category><![CDATA[ISAPRES]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Era un hecho que ya habíamos denunciado por esta página y por el Blog legal de la Biblioteca del Congreso, por ahí por el 2009. Hoy por la prensa nos enteramos del gran cambio en el disclaimer que ya nos tenía preocupadas en los sistemas biométricos de atención de salud…un cambio a nuestro juicio que<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/04/08/cesion-de-datos-de-salud-v-2/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/IMED.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-794" title="IMED" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/IMED-300x224.jpg" alt="" width="300" height="224" /></a>Era un hecho que ya habíamos <a title="cesion de datos de salud" href="http://protecciondedatospersonales.cl/2009/03/19/contrato-de-cesion-de-datos-de-salud/" target="_blank">denunciado por esta página</a> y por el <a title="Blog legal" href="http://bloglegal.bcn.cl/content/view/258726/Datos-de-salud.html#content-top" target="_blank">Blog legal de la Biblioteca del Congreso</a>, por ahí por el <strong>2009. </strong></p>
<p>Hoy por <a title="cooperativa" href="http://www.cooperativa.cl/empresa-garantizo-resguardo-de-datos-personales-de-usuarios-de-fonasa-e-isapres/prontus_nots/2010-04-08/094445.html" target="_blank">la prensa</a> nos enteramos del<strong> gran cambio en el disclaimer </strong>que ya nos tenía preocupadas en los <strong>sistemas biométricos de atención de salud</strong>…un cambio a nuestro juicio que no responde aún al verdadero ejercicio de los derechos de acceso en protección de datos y al deber de información por parte de los responsables de bases de datos.</p>
<p>El disclaimer de hecho aparece hoy en un <a title="Imed" href="http://www.i-med.cl/comunicado.html" target="_blank">comunicado </a>y ahora señalaría:</p>
<p><strong>&#8220;Al colocar el dedo sobre el lector de huellas autorizo expresamente la inscripción y almacenamiento de mis datos personales en la base de datos de I-Med S.A. y de Autentia S.A., y el tratamiento de tales datos para verificar mi identidad contra los datos ya almacenados de conformidad a la ley. En caso que la colocación de mi huella digital no implique el otorgamiento de dicha autorización, comunicaré tal circunstancia a I-Med y/o Autentia a través de carta dirigida a Avda. 11 de Septiembre 1901 piso 3 o al correo electrónico: <a href="mailto:xxxx@xxxx.cl" target="_blank">autentia@i-med.cl</a>, a fin que se tomen las medidas del caso”.</strong></p>
<p><strong><em><span id="more-562"></span><br />
</em></strong></p>
<p>El anterior disclaimer indicaba: <strong>“Al colocar el dedo sobre el lector de huellas <span style="text-decoration: underline;">suscribo y otorgo un contrato privado</span> por el cual <span style="text-decoration: underline;">gratuitamente</span> para mi <span style="text-decoration: underline;">autorizo expresamente la inscripción enrolamiento, transmisión y almacenamiento de mis datos personales</span> en la base de datos prexistentes de I-Med S.A., como en la de Autentía S.A. el tratamiento de tales datos y /o la verificación de mi identidad contra dicha base de datos ya almacenados <span style="text-decoration: underline;">declarando haber sido informado del propósito de la inscripción, enrolamiento,  transmisión y almacenamiento de tales datos y su posible comunicación a terceros,</span> conforme lo exige el artículo 4º de la ley 19.628”</strong>…</p>
<p>La verdad es que la diferencia es<strong> insignificante,</strong> puesto que en nuestra consideración NO se cumple a cabalidad con el deber de información por parte de I-MED respecto de la finalidad del tratamiento,  su transmisión y comunicación a terceros; asimismo, no queda claro el tratamiento para verificar la identidad ya que se describe en términos muy amplios&#8230; Lo que <strong>ahora pesa sobre los usuarios del sistema </strong>es<strong> </strong>el envío de una carta a la dirección indicada para que cualquier persona que lo desee puede solicitar que se borre la información biométrica contenida en la bases de datos.</p>
<p><strong>Haciendo un brevísimo análisis del comunicado:</strong></p>
<ul>
<li>Para garantizar la autenticidad de las transacciones efectuadas por personas se usan la verificación de identidad mediante la huella digital, la información de las huellas es almacenada sólo en nuestras bases de datos en forma encriptada y no es traspasada a terceros<strong> fuera de nuestro control empresarial</strong>, garantizándose siempre la privacidad de la información contenida en ellas.</li>
<li>En cada operación de verificación de identidad, y a especial pedido del usuario sólo se emite a la empresa requerida del servicio (Isapre, AFP, etc.) la información de control de identidad, consistente en confirmar o negar que la persona que se presenta bajo un cierto nombre y RUT corresponde a quien dice ser según el resultado del control de la huella digital, para que así pueda concretarse la transacción que dicho usuario, por su voluntad, desea realizar con la empresa requerida. Posteriormente, nuestra empresa guarda los datos de la transacción para garantizar la integridad de la operación. Dichos datos no son ni serán traspasados a terceros <strong>fuera de nuestro control empresarial</strong>.</li>
</ul>
<p><strong> ¿Que empresas están detrás de I-MED?</strong></p>
<p>I-Med, no está sola,  los socios de ésta crearon <a title="Sitio Web Autentia" href="http://www.autentia.cl/" target="_blank">Autentia</a> (que desde el año 2006 se encarga de generar aplicaciones alrededor del uso de huella dactilar digital). Entre las dos empresas <strong>han generado el mayor know  how en el uso de biometría digital en América Latina</strong>…. Y detrás de Autentia está el sólido respaldo de <strong>SONDA,</strong> la principal empresa de informática de Chile y una de las más grandes de América Latina; <strong>la Cámara Chilena de la Construcción y Banmédica</strong>…</p>
<ul>
<li>Nuestra empresa no tiene acceso ni almacena ningún dato relacionado con la transacción efectuada entre el usuario y la empresa requerida.</li>
</ul>
<p><em></em> La autorización señala claramente: Al colocar el dedo sobre el lector de huellas autorizo expresamente la inscripción y almacenamiento de mis datos personales en la base de datos de I-Med S.A<em> </em></p>
<ul>
<li>Nuestro servicio se encuentra organizado responsablemente dentro del marco de la legislación específica aplicable a la protección y resguardo de datos de carácter personal y de firma digital, siguiendo todos los parámetros nacionales e internacionales al respecto.</li>
<li>Nuestro servicio de identificación sólo puede materializarse con el concurso de la voluntad de la persona cuya identidad se requiere verificar en una transacción específica. Dicha voluntad se manifiesta en el momento de colocar la huella en el lector para ser verificada. En ausencia de su voluntad el proceso de identificación jamás llega a concretarse.</li>
</ul>
<p>Y así es, no es culpa de ellos que la ley no tenga sanciones y que, en definitiva, regule el tratamiento de datos y no el control de los titulares sobre los mismos.<br />
En <a title="denuncia" href="http://www.cooperativa.cl/diputado-dc-denuncio-entrega-de-datos-sensibles-de-clientes-de-isapres-y-fonasa/prontus_nots/2010-04-07/134501.html" target="_blank">radio cooperativa,</a> se señala que el diputado Gabriel Silber presentó ayer miércoles una denuncia en la Superintendencia de Salud por esta cláusula que autoriza la transferencia o cesión de datos sensibles del cliente. El abogado Claudio Mangliola, académico de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de la U. de Chile, declaró en el mismo medio que desestima la denuncia del parlamentario &#8220;porque la ley sobre protección de datos establece que el tratamiento de de datos personales puede hacerse cuando consta con autorización expresa y por escrito de la persona&#8221;, &#8220;¿Cuando yo pongo la huella es una autorización expresa y por escrito? Sí, porque la huella es una firma electrónica&#8221;.</p>
<p><strong>¿Y dónde queda el deber de información por parte de I-MED?</strong> <strong>¿es válida esa autorización expresa si no existe información sobre la finalidad del tratamiento?</strong></p>
<p><strong>¿Cuál es el sueño de I-MED?</strong></p>
<p>&#8220;Queremos hacer posible el futuro en prestaciones de salud, mediante el cual los distintos agentes están conectados en línea, sus transacciones son inmediatas, y tienen acceso a todos los aspectos de la transacción &#8211; comercial, financiera y operacional. <strong>Aseguradores, empleadores, prestadores de salud, farmacias y emisores de tarjetas de crédito: todos conectados para hacer de la Salud un servicio fácil, cercano y eficiente</strong>.&#8221;  <strong></strong></p>
<p><strong>SÚPER!</strong></p>
<p>Más info: <a title="cooperativa.cl" href="http://www.cooperativa.cl/empresa-garantizo-resguardo-de-datos-personales-de-usuarios-de-fonasa-e-isapres/prontus_nots/2010-04-08/094445.html" target="_blank">aquí</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Disponible historia del artículo 2 de la ley 19.628.</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 14:11:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Materias de Interés]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[La Biblioteca del Congreso Nacional, publicó hoy la historia de la ley del artículo 2° de la ley 19,628 el cual contiene diversas definiciones legales en materia de protección de datos personales. Esta norma no contemplada en la versión original del proyecto de ley, fue introducida en segundo trámite constitucional por la Cámara de Diputados<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/04/08/disponible-historia-del-articulo-2-de-la-ley-19-628/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/leychile.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-821" title="leychile" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/leychile-300x185.jpg" alt="" width="300" height="185" /></a>La Biblioteca del Congreso Nacional, publicó hoy la <a title="HL art 2" href="http://recursoslegales.bcn.cl/jspui-rl/bitstream/10221.3/4744/1/HLArt2_19628.pdf" target="_blank">historia de la ley del </a><strong><a title="HL art 2" href="http://recursoslegales.bcn.cl/jspui-rl/bitstream/10221.3/4744/1/HLArt2_19628.pdf" target="_blank">artículo 2°</a> de la <a title="Ley 19628" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=19628" target="_blank">ley 19,628</a></strong><a title="Ley 19628" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=19628" target="_blank"> </a>el cual contiene diversas definiciones legales en materia de<strong> protección de datos personales.</strong><br />
Esta norma no contemplada en la versión original del<a title="SIL" href="http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_proyectos.pl?896-07" target="_blank"> proyecto de ley</a>, fue introducida en  segundo trámite constitucional por la Cámara de Diputados que recordemos, consideró  insuficiente el texto aprobado por el Senado. Previo acuerdo del autor del proyecto (El ex senador Eugenio Cantuarias) la Comisión de Constitución de la Cámara encomendó a los entonces diputados Luis Valentín Ferrada y  José Antonio Viera-Gallo elaborar un texto sistemático, ordenado e integral sobre protección de datos, recogiendo las ideas pertinentes del proyecto despachado por el senado.</p>
<p><span id="more-549"></span> Así durante este trámite se gestó la idea de contemplar un artículo con el concepto de  datos personales.</p>
<p>En un primer momento, el artículo <strong>solo contempló la definición de datos personales</strong> y posteriormente en el segundo informe de la misma comisión, este artículo es nuevamente modificado incorporando diversas definiciones legales, atendido el carácter técnico y la complejidad de la materia en estudio, lo que fue expresamente sugerido por las personas invitadas a la sesión entre ellos:  el Presidente, el Gerente General y el abogado de Dicom, señores Guillermo Elton, Marco Antonio Álvarez y Jaime Guerrero, respectivamente; el Gerente General de la Base de Datos del Diario Oficial, señor Mario Saquel; el Gerente General de la Cámara de Comercio de Santiago, señor Claudio Ortiz; el Fiscal de la Cámara de Comercio de Santiago, señor Cristián García-Huidobro;  el asesor legal de la Cámara Nacional de Comercio, señor Francisco Arthur; el representante de la Asociación Chilena de Empresas de Tecnología de Información, señor Fernando Hudson; el representante de la Asociación de Marketing Directo, señor Sergio Pineda; los señores Mauricio Alliende Leiva y Emilio Pohl Ibañez y la señora Gina Peri Mundaca,  Presidente, Vicepresidente y Secretaria General del Comité Jurídico de la Asociación de Instituciones de Salud Previsional.</p>
<p>Entre las definiciones que fueron eliminadas en los siguientes tramites: <strong>Dato anónimo, difusión de datos, interesado</strong>, mientras que otras definiciones tal como <strong>fuente accesible a público</strong> se agregó en tercer trámite a sugerencia de la Segpres.<br />
El archivo se encuentra disponible al consultar<a title="ley 19628" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=19628" target="_blank"> la ley.</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Dos ISAPRES chilenas sancionadas por traspaso de datos personales a una cadena farmacéutica</title>
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		<pubDate>Tue, 06 Apr 2010 20:47:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de Salud]]></category>
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		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Una multa de 80 millones de pesos cursó la Superintendencia de Salud a las ISAPRES Banmédica y VidaTres por intercambio de datos personales de clientes, con la cadena de farmacias Cruz Verde. Los datos se referían a patologías Auge y a sus medicamentos específicos.   El Mercurio señaló que &#8220;El convenio entre las ISAPRES y la<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/04/06/dos-isapres-chilenas-sancionadas-por-traspaso-de-datos-personales-a-una-cadena-farmaceutica/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_540" class="wp-caption alignleft" style="width: 160px"><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/licencia-generica.jpg"><img class="size-medium wp-image-540  " title="22.09.09 LT(martes) : Pto-Stgo : Pto-StgoPto-Stgo" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/licencia-generica.jpg?w=209" alt="" width="150" height="159" /></a><p class="wp-caption-text">Foto: Ciper Chile </p></div>
<p>Una multa de 80 millones de pesos cursó la <a title="SSalud" href="www.supersalud.cl" target="_blank">Superintendencia de Salud</a> a las ISAPRES Banmédica y VidaTres<strong> por intercambio de datos personales de clientes</strong>, con la cadena de farmacias Cruz Verde.</p>
<p>Los datos se referían a patologías Auge y a sus medicamentos específicos.  </p>
<p>El Mercurio señaló que &#8220;El convenio entre las ISAPRES y la cadena farmacéutica fue suscrito para entregar a los usuarios los beneficios correspondientes a las patologías Auge, y fue descubierto sólo tras la denuncia hecha a la justicia por la abogada Verónica Sánchez, quien advirtió el 8 de abril del año pasado que su diagnóstico médico había sido entregado a la cadena de farmacias, que a su vez le ofrecía los medicamentos para tratarlo&#8221;.  </p>
<p><strong>Este acuerdo contemplaba:</strong>  </p>
<p>-          uso de medicamentos por patología en unidades y pesos  </p>
<p> -          medicamentos usados por beneficiarios en unidades y pesos  </p>
<p> -          costos de los beneficiarios  </p>
<p><span id="more-539"></span>-          distribución geográfica del consumo en unidades y pesos  </p>
<p>-          beneficiarios que más utilizan medicamentos en unidades y pesos </p>
<p>-          tendencias de consumo. </p>
<p>La <a title="Ley 19628" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=19628" target="_blank">ley 19.628 </a>al respecto señala que los <strong>datos de salud</strong>, pertenecen a la categoría de <strong>datos sensibles </strong>o especialmente protegidos, entendiéndose por tales aquellos <em>datos personales que se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o intimidad, tales como los hábitos personales, el origen racial, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos y la vida sexual.   </em>Enseguida,  que el tratamiento de los datos personales sólo puede efectuarse cuando esta ley u otras disposiciones legales lo autoricen o el titular consienta expresamente en ello. A pesar de que la norma contempla una serie de excepciones, en el caso de los<strong> datos de salud,</strong> por pertenecer a una categoría especial de datos personales, no pueden tratarse. La ley fue clara en ese sentido señalando <strong>que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular (</strong>…<strong>)</strong> y, agregó una &#8220;excepción&#8221; adicional: que dichos datos sean necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares…</p>
<p>Las empresas aludidas tienen cinco días para formular descargos y, de no estar conformes con la sanción, pueden recurrir a los tribunales de justicia. El <a title="Diario financiero" href="http://www.df.cl/portal2/content/df/ediciones/20100406/cont_137646.html" target="_blank">diario Financiero </a>ya informó hoy que las empresas van a apelar a dichas multas.</p>
<p>La <strong>Asociación de Isapres </strong>justificó el intercambio, argumentando que &#8220;la Isapre entrega información a la farmacia, primero, para saber quién es el afiliado y para saber qué medicamentos entrega&#8221;, Rafael Caviedes, director ejecutivo de la entidad.    </p>
<p>Según <strong>El Mercurio</strong> el traspaso de datos era la única forma de cumplir con la ley que regula el plan Auge, pues las farmacias son las únicas expendedoras de medicamentos autorizadas en el país. También señalaron que &#8220;El texto del convenio entre los seguros y Cruz Verde añade que estos datos son confidenciales y que ninguna de las partes podrá divulgar su contenido sin la autorización de la otra&#8221;.    </p>
<p>Además, prohíben entregarles información a terceros, salvo a una empresa de informática de su confianza y a una fundación que atiende a pacientes con cáncer.    </p>
<p>La abogada Verónica Sánchez, una de las cerca de 3 mil afectadas por este hecho, anunció que prepara una millonaria demanda civil en contra de estas entidades.</p>
<p>Más info:</p>
<p><a title="DFinanciero" href="http://www.df.cl/portal2/content/df/ediciones/20100406/cont_137646.html" target="_blank">Diario Financiero</a>  </p>
<p><a title="El Mercurio" href="http://diario.elmercurio.com/2010/04/05/nacional/nacional/noticias/A3DF2F33-67EF-4AD7-9446-CE092645B25A.htm?id={A3DF2F33-67EF-4AD7-9446-CE092645B25A}" target="_blank">Diario El Mercurio</a>  </p>
<p><a title="la Tercera" href="http://www.tercera.com/contenido/680_239507_9.shtml" target="_blank">Diario La Tercera</a>  </p>
<p><a title="biobio" href="http://www.radiobiobio.cl/2010/04/05/multa-de-superintendencia-de-salud-a-isapres-marcaria-precedente-segun-abogado-de-afectados/" target="_blank">Radio BioBio</a>  </p>
<p>Y en Radio Infinita <a title="audio" href="http://www.infinita.cl/entrevistas/despliegue.tpl?identrevista=05042010200401" target="_blank">un audio</a> de la abogada Verónica Sánchez.</p>
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		<title>Ley 19.628 integrada</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2010/03/29/ley-19-628-integrada/</link>
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		<pubDate>Mon, 29 Mar 2010 19:47:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Romina Garrido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Acceso a la información pública]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Como parte del proyecto de modernización de su base de datos legal, la Biblioteca del Congreso ha implementado dentro de su nueva base de datos o sistema de legislación nacional, la integración desde la ley a la información juridica relacionada. Aunque viene de cerca la recomendación, por que hoy en día trabajo en la Biblioteca,<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/03/29/ley-19-628-integrada/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/03/leychile.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-796" title="leychile" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/03/leychile-300x185.jpg" alt="" width="300" height="185" /></a>Como parte del proyecto de modernización de su base de datos legal, la <a title="BCN" href="http://www.bcn.cl" target="_blank">Biblioteca del Congreso</a> ha implementado dentro de su nueva base de datos o sistema de legislación nacional, <strong>la integración desde la ley a la información juridica relacionada. </strong></p>
<p>Aunque viene de cerca la recomendación, por que hoy en día trabajo en la Biblioteca, la novedad es que hoy es posible acceder de manera inmediata y directa a la ley que principalmente nos interesa en este blog la<a title="Ley 19628" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=141599" target="_blank"> ley 19.628</a> actualizada (y a todas la Leyes de la Republica, of course) y a una bateria de otra información que enriquecen nuestra experiencia de consulta en el sitio.</p>
<p>Desde la ley también se accede a la <strong>Historia de la Ley y de sus artículos </strong>disponibles (a la fecha hemos elaborado tres: <strong>Arts. 16, 17 y 18</strong>) a los <strong>proyectos de ley</strong> en actual tramitación en el Congreso que la modifican y a una <strong>consulta en web de los dictamenes de aplicación</strong> emanados de la <a title="CGR" href="http://www.contraloria.cl/NewPortal2/portal2/appmanager/portalCGR/portal" target="_blank">Contraloría General de la República</a>. Todo desde el mismo sitio.</p>
<p><span id="more-47"></span>También a los reglamentos de aplicación o relacionados en este caso, las modificaciones, versiones, etc.</p>
<p>Creo que vale la pena echarle un vistazo a estas nuevas herramientas gratuitas y que deben difundirse en toda la comunidad.</p>
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		<title>VII Seminario Internacional de Protección de Datos Personales, Buenos Aires (abril 2010)</title>
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		<pubDate>Fri, 26 Mar 2010 15:21:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Transferencias Internacionales de datos (TID)]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[El VII Seminario Nacional e Internacional de Protección de Datos Personales: una herramienta para el desarrollo económico, se llevará a cabo en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires sita en Sarmiento 299 1° Piso los días 21 y 22 de abril de 2010. EL organizador del Seminario es la Dirección Nacional de Protección de Datos<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2010/03/26/vii-seminario-internacional-de-proteccion-de-datos-personales/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/banner_inicio_13_2.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-537" title="banner_inicio_13_2" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2010/04/banner_inicio_13_2.jpg?w=300" alt="" width="300" height="70" /></a>El <strong>VII Seminario Nacional e Internacional de Protección de Datos Personales: una herramienta para el desarrollo económico</strong>, se llevará a cabo en la <strong>Bolsa de Comercio </strong>de Buenos Aires sita en Sarmiento 299 1° Piso los días <strong>21 y 22 de abril</strong> de 2010.</p>
<p>EL organizador del Seminario es la <a title="DNPDP" href="http://www.jus.gov.ar/datos-personales.aspx/" target="_blank">Dirección Nacional de Protección de Datos Personales </a>y este evento construirá un ámbito para formular propuestas teniendo en cuenta el estrecho vínculo entre tecnología y economía y, en especial, la influencia de la protección de datos personales para la potenciación del desarrollo económico que trae aparejada la innovación y el abordaje de problemas complejos con resguardo de los derechos de las personas.</p>
<p><span id="more-508"></span></p>
<p><strong>Objetivos</strong></p>
<p>Este Seminario se ha organizado considerando la estrecha vinculación que existe entre Protección de  los Datos Personales y la Economía.</p>
<p>Anteriormente, hemos puesto especial relevancia en el progreso tecnológico, el éxito y la innovación en la sociedad. Ahora, agregamos a los factores mencionados la economía. Se produce una natural sincronización. La economía como proceso de riqueza relacionada con la protección de los  datos personales  en los ámbitos comerciales, financieros y en todos aquellos en los que esté en juego el desarrollo nacional e internacional.</p>
<p>El resguardo del federalismo ha sido contemplado en este Seminario, al pensar la actividad conjunta entre los Municipios, las Provincias Argentinas y el Gobierno Nacional a través de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.</p>
<p>El objetivo fundamental se proyecta en las personas, a fin de preservar  su honor y privacidad.</p>
<p>Ahora, se pone nuevamente en marcha la labor para que el presente y el futuro se integren en el año del Bicentenario de la República Argentina.</p>
<p>Para inscribirse al seminario, <a title="Registro" href="http://www.jus.gov.ar/datos-personales/seminario-internacional/registrese.aspx" target="_blank">aquí.</a></p>
<p>Fuente</p>
<p>http://www.jus.gov.ar/datos-personales/seminario-internacional.aspx</p>
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		<title>Curriculum sin datos personales ¿el fin de la discriminación?</title>
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		<pubDate>Wed, 02 Dec 2009 15:26:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de los trabajadores]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Un proyecto piloto de seis meses de duración estrenarán 50 empresas francesas, el cual consiste en recibir postulaciones de candidatos a cargos para trabajar en ellas sin datos personales referidos a caracteristicas físicas o sociales.  Esto significa que el curriculum sólo debe contener los datos personales académicos, tales como experiencia laboral, capacidades del postulante, logros<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2009/12/02/curriculum-sin-datos-personales-%c2%bfel-fin-de-la-discriminacion/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2009/12/modelo-de-curriculum-vitae3.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-424" title="modelo-de-curriculum-vitae3" src="http://protecciondedatospersonales.cl/wp-content/uploads/2009/12/modelo-de-curriculum-vitae3.jpg" alt="" width="139" height="209" /></a>Un proyecto piloto de seis meses de duración estrenarán 50 empresas francesas, el cual consiste en recibir postulaciones de candidatos a cargos para trabajar en ellas <strong>sin datos personales</strong> referidos a caracteristicas físicas o sociales.  Esto significa que el curriculum sólo debe contener los datos personales académicos, tales como experiencia laboral, capacidades del postulante, logros y metas en otros trabajos, proyectos liderados, etc. Se trata de <strong>curriculum ciegos</strong> que buscan terminar con todo tipo de discriminación sea por apariencia, origen racial, apellidos, etc.</p>
<p>En Chile el <a href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=207436">Código del Trabajo</a> prohíbe todo acto de discriminación, considerando entre ellos las exclusiones basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, religión, opinión política, nacionalidad, origen social, etc. También se prohíbe condicionar el empleo a la inexistencia de deudas.<br />
<span id="more-418"></span><br />
Todo lo anterior, al igual que en Francia, es <em>letra muerta</em> debido a que en la práctica es difícil de probar la existencia de esta discriminación pre- contractual, la cual se da el momento de análisis de los postulantes. Es una realidad que supera el mandato de la norma:  tener Dicom, no solo es la muerte económica si no también un impedimento para acceder por completo al mercado laboral, aunque no tenga nada que ver con el trabajo en postulación.</p>
<p>La <a href="http://www.dt.gob.cl">Dirección del Trabajo</a> en Chile, dentro de sus facultades de fiscalización <a href="http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/find-results.html">ha sancionado</a> a diversas empresas que mediante avisos exigen ciertas características tales como: buena presencia, apariencia física, fotografía, antecedentes comerciales, edad, nacionalidad  y en otras situaciones ha considerado que la exigencia de titulo universitario o solo técnico, por ejemplo, no constituye acto de discriminación.</p>
<p>El proyecto Francés que termina en mayo del 2010, será evaluado en sus resultados para determinar en definitiva si es posible una práctica así de manera permanente. Entre las empresas participantes encontramos: Loreal, Peugeot, Axa, Citroen, Nissan, Air France…</p>
<p><strong>¿Cómo le iría a Chile en una iniciativa de esta envergadura?</strong></p>
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		<title>La protección de datos personales en Chile está en pañales</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/06/20/la-proteccion-de-datos-personales-en-chile-esta-en-panales/</link>
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		<pubDate>Sat, 20 Jun 2009 00:22:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Romina Garrido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[Privacidad]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Jessica Matus, abogada especialista en derecho informático y protección de datos personales es entrevistada en &#8220;En la barra&#8221; y sostiene que en Chile estamos muy atrasados y vulnerables. Escuche el programa aqui. Para remediar esta situación, se encuentra en el Congreso un proyecto de ley enviado por el Gobierno el 01 de octubre de 2008<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2009/06/20/la-proteccion-de-datos-personales-en-chile-esta-en-panales/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Jessica Matus</strong>, abogada especialista en derecho informático y <strong>protección de datos personales</strong> es entrevistada en &#8220;En la barra&#8221; y sostiene que <strong>en Chile estamos muy atrasados y vulnerables</strong>.</p>
<p>Escuche el programa <a title="Radio Tierra" href="http://www.radiotierra.com/?q=node/1362" target="_blank">aqui.</a></p>
<p>Para remediar esta situación, se encuentra en el Congreso un proyecto de ley enviado por el Gobierno el 01 de octubre de 2008 que modifica la Ley 19.628 de Protección de la Vida Privada y la Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública. ¿Hasta cuándo dormitará ahí?</p>
<p><span id="more-199"></span></p>
<p>El Tarot de JJ dijo que es un gran desafío que los congresistas se pongan de acuerdo y tomen una decisión..</p>
<p><a title="Radio Tierra" href="http://www.radiotierra.com/" target="_blank">Fuente: Radio Tierra</a></p>
<p><strong>Fecha de emisión:</strong> 19 de junio de 2009.<br />
<strong>Temas del programa:</strong> protección de datos personales, sazonado con un poco de Tarot.<br />
<strong>Conductores:</strong> Hugo Fernández y Juan Jorge Faúndes.<br />
<strong>Duración:</strong> 30’.</p>
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	</channel>
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