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	<title>protecciondedatospersonales.cl &#187; Bases de datos de solvencia patrimonial</title>
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	<description>Protección de Datos Personales</description>
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		<title>Datos personales económicos: resumen del estado actual</title>
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		<pubDate>Thu, 28 May 2009 00:24:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Romina Garrido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos Económicos]]></category>
		<category><![CDATA[bases de datos consolidadas]]></category>
		<category><![CDATA[Bases de datos de solvencia patrimonial]]></category>
		<category><![CDATA[deuda positiva]]></category>
		<category><![CDATA[DICOM]]></category>
		<category><![CDATA[Proyectos de ley]]></category>

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		<description><![CDATA[El tratamiento de datos personales económicos en Chile se encuentra en un periodo de profunda reforma. Las actuales normas contenidas en los Art. 17 y siguientes de la ley 19.628, se hacen insuficientes para la regulación de los ficheros de solvencia patrimonial existentes en nuestro país, tanto públicos como privados. Las cuestiones pendientes son  el<a href="http://protecciondedatospersonales.cl/2009/05/27/datos-personales-economicos-resumen-del-estado-actual/"><br/> read more..</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El tratamiento de datos personales económicos en Chile s<span style="text-decoration:line-through;">e encuentra en un periodo de profunda reforma</span>. Las actuales normas contenidas en los Art. 17 y siguientes de la <a title="Ley Chile" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=141599" target="_blank">ley 19.628,</a> se hacen insuficientes para la regulación de los ficheros de solvencia patrimonial existentes en nuestro país, tanto públicos como privados. Las cuestiones pendientes son  el control de los datos por parte de sus titulares, el consentimiento para el tratamiento, la finalidad del tratamiento, esto es sus alcances del tratamiento, en cuanto a los tipos de datos que manejan las bases empresas privadas y el estado, etc.</p>
<p>Una de las ideas primordiales de la reforma propuesta es consolidar las bases de datos de los deudores chilenos en un registro publico licitado que contenga información tanto de la deuda positiva como negativa, y regular a los organismos que se dedican al tratamiento de datos (los distribuidores). Esto se traduce en la derogación  de los artículos respectivos de la 19.628. Este artículo pretende mostrar el estado de la cuestión en Chile:</p>
<p><span id="more-114"></span></p>
<p>1. Ley 19.628 que es sus <a title="Ley Chile" href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=141599&amp;idParte=8492751" target="_blank">artículos 16, 17 y 18</a> regula      principalmente la comunicabilidad de los datos de carácter financiero y económicos.</p>
<p>2. Proyectos de ley sobre la materia, existen en el      congreso tres mociones parlamentarias que abordan este tema:</p>
<ul>
<li><a title="SIL" href="http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_proyectos.pl?5309-03" target="_blank">Boletín 5309-03</a> que señala que modifica el artículo 17 y señala entre sus fundamentos que un sistema de información (entiéndase comercial) basado en la noción del incumplimiento, resulta perjudicial para el sistema crediticio en su conjunto, ya que no da a cuenta del real comportamiento de las personas, por tanto plantea la incorporación de la deuda positiva en los informes de comportamiento financiero.</li>
</ul>
<ul>
<li> <a title="SIL" href="http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_proyectos.pl?5356-07" target="_blank">Boletín 5356-07</a>, que modifica el Art. 12 de la ley incorporando la obligación del responsable del banco de datos de otorgar información a los titulares de los datos sobre los datos relativos a su persona, su procedencia y destinatario, el propósito del almacenamiento , los organismos a los cuales sus datos son transmitidos regularmente, estableciendo una comunicacón de esta información al menos una vez al año.</li>
</ul>
<ul>
<li> <a title="SIL" href="http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_proyectos.pl?6298-05" target="_blank">Boletín 6298-05 </a>que propone la eliminación del actual Boletín Comercial dependiente de la Cámara de Comercio de Santiago y  de la llamada Central de Información a cargo de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras,  sustituyendo ambas herramientas, por un sistema consolidado de deudas.</li>
</ul>
<p><em>3. </em>La<a title="SIL" href="http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_abredocumentos.pl?3,13985" target="_blank"> indicación sustitutiva</a> enviada por el Ministerio      de Hacienda este mes de mayo al Congreso, que refunde y reemplaza las tres      mociones mencionadas anteriormente, regulando de una manera detallada todo      lo expuesto  y más.</p>
<p>Sobre esta indicación hablaremos latamente, pues son varios los desafíos que se presentan a nuestros legisladores a saber: la necesidad real o no de consolidar en los ficheros la deuda positiva, y en definitiva informarla, los plazos para el tratamiento de datos luego de prestado el consentimiento, mecanismos efectivos de control por parte de los titulares,  la autoridad de control, el rol del registro, el rol de las administradoras, etc.</p>
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