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	<title>Protección de Datos Personales</title>
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	<description>Sobre la Protección de Datos Personales en Chile.</description>
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		<title>Protección de Datos Personales</title>
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		<title>28 de enero: día internacional de la protección de datos</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Jan 2010 17:18:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Romina Garrido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Eventos]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[(Traducido desde sitio web del Consejo de Europa)
El tratamiento informatizado de los datos personales,  forma parte importante de la vida de los ciudadanos, ya sea en el trabajo, en sus relaciones con las autoridades, en el ámbito médico, cuando compran bienes o servicios, y cuando navegan por Internet.
El derecho a la protección de esta información [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=480&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/prvacy.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-481" title="privacy" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/prvacy.jpg?w=165&#038;h=168" alt="" width="165" height="168" /></a>(Traducido desde sitio web del Consejo de Europa)</em></p>
<p>El tratamiento informatizado de los datos personales,  forma parte importante de la vida de los ciudadanos, ya sea en el trabajo, en sus relaciones con las autoridades, en el ámbito médico, cuando compran bienes o servicios, y cuando navegan por Internet.</p>
<p>El derecho a la protección de esta información es también un requisito previo para el ejercicio de otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la protección de la intimidad, la libertad de expresión y la libertad de conciencia.</p>
<p>Con el fin de ofrecer protección a todos en este ámbito, el Consejo de Europa elaboró un convenio para proteger los datos personales que sigue siendo el único instrumento jurídico internacional vinculante en este campo. Cualquier país puede adherirse a la Convención, sea o no miembro del Consejo de Europa. (<a title="Convenio 108" href="http://conventions.coe.int/Treaty/Commun/QueVoulezVous.asp?NT=108&amp;CM=8&amp;DF=1/18/2008&amp;CL=ENG" target="_blank">Convenio 108</a>)</p>
<p>El objetivo del <strong>Día  de la Protección de Datos</strong>, el <strong>28 de enero</strong> de cada año, es dar a los ciudadanos la oportunidad de entender qué tipo de datos son recogidos y cuál es su tratamiento, por qué se hace esto, y cuáles son sus derechos .</p>
<p>Es también la oportunidad  de  ser más conscientes de los riesgos inherentes asociados con el uso ilegal o clandestino de procesamiento de sus datos personales.</p>
<p><strong>El día de la protección de datos  es una celebración internacional de la dignidad de la persona expresada a través de la información personal.</strong></p>
<p><span id="more-480"></span></p>
<p>Mas información:</p>
<ul>
<li><a href="http://thepublicvoice.org/madrid-declaration/es/" target="_blank">Declaración de la Sociedad Civil Española</a></li>
<li><a href="http://www.coe.int/t/dc/files/events/2008_data_protection/default_en.asp" target="_blank">Consejo de Europa</a></li>
<li><a href="http://www.facebook.com/pages/International-Privacy-Day/264341804606?ref=mf" target="_blank">Grupo Facebook</a></li>
<li><a href="http://dataprivacyday2010.org/" target="_blank">Dataprivacyday2010.org</a></li>
</ul>
<br />Publicado enDerechos Fundamentales, Eventos, Tratamiento de datos personales Tagged: datos personales, Protección de datos <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/480/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=480&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">Romina Garrido</media:title>
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			<media:title type="html">privacy</media:title>
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	</item>
		<item>
		<title>Otra vez con el Proyecto de Ley de Deuda Consolidada de los chilenos</title>
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		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 17:44:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jessica  Matus</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autoridades de protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Datos Económicos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Órgano de Control de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[bases de datos consolidadas]]></category>
		<category><![CDATA[deuda positiva]]></category>
		<category><![CDATA[DICOM]]></category>

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		<description><![CDATA[Finalizaron las elecciones presidenciales y el debate en torno a reformular el sistema de información comercial o &#8220;Dicom 2.0&#8243; continúa.
El gerente general del Comité de Retail Financiero -agrupación que reúne a las divisiones de créditos de Falabella, Ripley, Cencosud, La Polar y D&#38;S-, Claudio Ortiz, hace un llamado al nuevo gobierno de Sebastián Piñera a [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=472&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/dicom3.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-476" title="dicom" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/dicom3.jpg?w=231&#038;h=149" alt="" width="231" height="149" /></a>Finalizaron las elecciones presidenciales y el debate en torno a reformular el sistema de información comercial o &#8220;Dicom 2.0&#8243; continúa.</p>
<p>El gerente general del Comité de Retail Financiero -agrupación que reúne a las divisiones de créditos de Falabella, Ripley, Cencosud, La Polar y D&amp;S-, Claudio Ortiz, hace un llamado al nuevo gobierno de Sebastián Piñera a rediseñar el proyecto de ley sobre la materia presentado por la administración de Michelle Bachelet en mayo de 2009.</p>
<p><span id="more-472"></span></p>
<p>La iniciativa busca perfeccionar los derechos de los titulares de los datos, diferenciar entre buenos y malos pagadores, y ordenar la información comercial con la creación de un único ente que administre la base, reemplazando a firmas como Equifax (Dicom) y Data Business (filial de la Cámara de Comercio de Santiago).</p>
<p>&#8220;Ahora que pasó todo el proceso eleccionario es el momento para refundar este proyecto, en que con un análisis técnico en profundidad podamos hacer una evaluación lo más objetiva posible&#8221;, sentencia el ejecutivo.</p>
<p><span style="color:#008000;">Hace algunas semanas atrás se había anunciado que el </span><a title="latercera.com" href="http://latercera.com/contenido/655_205106_9.shtml" target="_blank"><span style="color:#008000;">gobierno se desistía de este proyecto</span></a><span style="color:#008000;"> que crea un registro único de las obligaciones (deudas) económicas de los chilenos por la falta de consenso político. Hoy, dependerá del interés que despierte en el sucesor de La Moneda.</span></p>
<p><strong>Mesa de trabajo</strong></p>
<p>El Comité de Retail Financiero solicitará una mesa técnica de trabajo para perfeccionar el sistema.</p>
<p>Entre los aspectos a mejorar, señala Ortiz, está que<strong> los datos crediticios no sólo son usados por las agencias que otorgan financiamiento, sino por cualquiera que quiera pagar por dicha información, lo que afecta la reinserción laboral y comercial de las personas que aparecen en las listas de morosidad</strong>.</p>
<p>Lo anterior se perfeccionaría limitando el acceso a la información comercial sólo a los agentes crediticios que operen en el país.</p>
<p>Además, <strong>propone la creación de una agencia de protección de datos</strong> que fiscalice el buen manejo de estas bases. &#8220;Al no existir una institución que vele por el adecuado cumplimiento, da la sensación de que hay libertinaje en el uso de la información. Por lo tanto, ese tema es el más importante desde el punto de vista de los consumidores, que la ley no lo aborda&#8221;, agrega. <span style="color:#008000;">[COMO SI NO EXISTIERA ACTUALMENTE EN EL CONGRESO UN PROYECTO DE LEY QUE OTORGA AL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN CHILE!!!! Véase <a title="sil.congreso.cl" href="http://sil.congreso.cl/pags/index.html" target="_blank">Boletín 6120</a><span style="color:#008000;">]</span></span></p>
<p>Según Ortiz, limitar el uso de la información sólo a las empresas que otorgan créditos no significa que se tenga que agrupar la información de los deudores en un solo registro.</p>
<p>Por lo tanto, otro perfeccionamiento que habría que realizar a la iniciativa legal presentada el año pasado es <strong>evitar la consolidación de la información</strong>, ya que es una disputa comercial entre el retail y los bancos que no se soluciona con políticas públicas.</p>
<p>Además, reduce la privacidad de las personas y no mejorará las condiciones de financiamiento de los buenos pagadores.</p>
<p>&#8220;Esto es una utopía, y por ende, es importante hacer un análisis técnico para realmente evaluar el actual sistema y cuáles son los problemas. A partir de esto, buscar soluciones en particular&#8221;, finaliza.</p>
<p><strong>Cambio</strong></p>
<p>Una de las principales propuestas es limitar el uso de la información, para uso exclusivo con fines crediticios.</p>
<p><strong>Las diferencias entre la banca y el comercio, y las claves del proyecto </strong></p>
<p>El 11 de mayo de 2009 el Ministerio de Hacienda envió al Congreso el proyecto de ley para reformular el actual sistema de información comercial, lo que sacó a la luz pública las históricas diferencias entre los representantes de la banca y el comercio.</p>
<p>La posibilidad de acceder a la información positiva y negativa de los deudores del retail ha sido una de las aspiraciones del gremio presidido por Hernán Somerville, quien ha planteado que ampliar la información de los deudores permitiría evitar el sobreendeudamiento de ellos.</p>
<p>Visión completamente diferente es la que existe en el comercio, quienes manejan una de las bases de datos más grandes, a través del Boletín Comercial (filial de la Cámara de Comercio de Santiago).</p>
<p>Las diferencias quedaron de manifiesto cuando ambos gremios buscaron un acuerdo para evitar que el ejecutivo enviara el proyecto de ley, para lo cual contrataron al ex ministro de Energía, Alejandro Jadresic, con el propósito de estudiar una solución. Finalmente ambas partes no llegaron a consenso y el proyecto fue enviado, del que se destacan cuatro puntos.</p>
<p>1) Una <strong>licitación de la base de datos</strong>, que unirá la deuda de una persona con distintos tipos de instituciones, como la banca, el retail, las cajas de compensación e incluso las autopistas.</p>
<p>2) Mecanismos de protección y sanciones para aquél que entregue libremente esta información. Las personas serán dueñas de sus datos crediticios y podrán decidir cuándo y a quién se entregarán.</p>
<p>3) Se amplía la definición de información comercial, incluyendo la deuda al día (o positiva) y no sólo la morosa. Además, se distingue entre los recurrentes y circunstanciales.</p>
<p>4) Finalmente el deudor puede acudir al <strong>Consejo de Transparencia</strong> ante problemas con la información crediticia.</p>
<p>Fuente: <a title="diario.elmercurio.cl" href="http://diario.elmercurio.cl/2010/01/19/economia_y_negocios/economia_y_negocios/noticias/2c29380f-19e7-4e5c-b923-8d69bebbff5a.htm" target="_blank">El Mercurio</a></p>
<p>Para más información <a href="http://economia.terra.cl/noticias/noticia.aspx?idNoticia=200905281100_INV_78105538">http://economia.terra.cl/noticias/noticia.aspx?idNoticia=200905281100_INV_78105538</a></p>
<br />Publicado enAutoridades de protección de datos, Consejo para la Transparencia, Datos Económicos, Noticias Tagged: Órgano de Control de Protección de Datos, bases de datos consolidadas, Consejo para la Transparencia, deuda positiva, DICOM <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/472/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=472&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>Seminario Internacional de Transparencia y Protección de Datos Personales: ANÁLISIS CRÍTICO, el 15 de enero de 2010 en el ex Congreso Nacional</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2010/01/06/seminario-internacional-de-transparencia-y-proteccion-de-datos-personales-analisis-critico-el-15-de-enero-de-2010-en-el-ex-congreso-nacional/</link>
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		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 13:17:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jessica  Matus</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autoridades de protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[Eventos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Proyecto de ley, Boletín 6120]]></category>
		<category><![CDATA[Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[El día viernes 15 de enero de 2010, en las dependencias del ex Congreso Nacional, en Santiago de Chile, se llevará a cabo el  Seminario de Transparencia y Protección de Datos. Análisis Crítico , que confrontará las diversas posiciones derivadas de los proyectos de ley que buscan modificar estas importantes materias. Este evento requiere invitación.
El mismo [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=460&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/icdt_160.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-462" title="icdt_160" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2010/01/icdt_160.jpg?w=118&#038;h=166" alt="" width="118" height="166" /></a>El día viernes 15 de enero de 2010, en las dependencias del ex Congreso Nacional, en Santiago de Chile, se llevará a cabo el  <strong>Seminario de Transparencia y Protección de Datos. Análisis Crítico</strong> , que confrontará las diversas posiciones derivadas de los proyectos de ley que buscan modificar estas importantes materias. Este evento requiere invitación.</p>
<p>El mismo día (durante la mañana) tendrá lugar el <strong>Encuentro Interuniversitario de Derecho y Tecnologías</strong>, una instancia de diálogo sobre temas de futuro en materia de Sociedad de la Información. Este evento es <em>gratuito y abierto a toda la comunidad nacional</em>; y en él se conocen y discuten los temas y tendencias que marcarán la pauta de las políticas públicas y privadas del año venidero, particularmente las que versan sobre e-gobierno, e-inclusión, convergencia y derechos fundamentales.</p>
<p><span id="more-460"></span></p>
<p><strong>TEMARIO</strong></p>
<p>Dentro de las actividades del día 15 de enero se abordarán, entre otros, los siguientes temas:</p>
<p>Impacto y consecuencias de las reformas a la ley de propiedad intelectual en el mundo digital &#8211; Nuevas tendencias jurídicas para una Sociedad el Conocimiento &#8211; Hacia el documento electrónico sanitario: fichas médicas, recetas y licencias electrónicas &#8211; Nuevas tendencias en la contratación por adhesión. El caso Dell. &#8211; El acceso universal a redes de comunicaciones como derecho fundamental. &#8211; Órganos decisorios en Transparencia y Protección de Datos. La experiencia europea. &#8211; Privacidad y acceso en el marco del gobierno electrónico. La experiencia uruguaya.<br />
El detalle del programa puede verlo en <a href="http://www.e-derecho.cl/" target="_blank">http://www.e-derecho.cl</a> <br />
<strong></strong></p>
<p><strong>EXPOSITORES Y PANELISTAS</strong></p>
<p>Presentamos a continuación, en orden alfabético, algunos de ellos y un resumen curricular:</p>
<p><em>Prof. Dr. <strong>Ahti Saarenpää</strong></em><br />
Licenciado en Derecho y Doctor en Derecho por la Universidad de Helsinski (Finlandia).<br />
Vicepresidente del Consejo de la Oficina de Protección de Datos de Finlandia.<br />
Ex Decano y Profesor de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Laponia, en Rovaniemi. Fundador y Director del Instituto de Derecho Informático de la Universidad de Laponia.<br />
Miembro de la Academia Finlandesa de Ciencias y Letras, sección de Humanidades, y de la IFIP, Federación Internacional para el Procesamiento de Información, en el grupo de trabajo sobre sistemas de información en la administración pública.<br />
El prof. Saarenpää es uno de los más reputados especialistas en la interrelación entre el Derecho y la tecnología de la Europa nórdica.</p>
<p><em>Prof. Dr. <strong>Íñigo de la Maza Gazmuri</strong></em><em><br />
</em>Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid. Master of the Science of Law por la Stanford University Law School y Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Diego Portales.<br />
Profesor de Derecho Civil de la Universidad Diego Portales y ex Director del Departamento de Tecnologías de la Información de la Fundación Fueyo.</p>
<p><em>Sr. <strong>Federico Allendes Silva</strong></em><em><br />
</em>Abogado. Magíster en Derecho de la Empresa de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Diego Portales.<br />
Presidente de la Fundación Pro Acceso.</p>
<p><em>Prof. Dra. <strong>Laura Nahabetián Brunet</strong></em><em><br />
</em>Abogada. Doctora en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República. Magíster en Ciencias de la Legislación y Governance Política, por la Escuela de Altos Estudios para el Desarrollo Local en el MERCOSUR. Asesora Jurídica en la Cámara de Senadores del Uruguay.<br />
Integrante del Instituto de Derecho Informático de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República y Profesora de la misma Facultad.</p>
<p><em>Prof. <strong>Lorena Donoso Abarca</strong></em><br />
Abogada. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile. Magíster en Informática y Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Doctora (c) en Derecho por la misma Universidad.<br />
Diplomada en Educación a Distancia por la Universidad de Québec. Árbitro de NIC Chile. Directora del Magíster en Derecho de la Informática y de las Telecomunicaciones de la Universidad de Chile y Profesora de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central de Chile.</p>
<p><em>Prof. <strong>Patricia Reyes Olmedo</strong></em><br />
Abogada. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile. Master in Business Administration por la Universidad de Valparaíso. Diploma de Estudios Avanzados (DEA) y candidata a Doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense de Madrid.<br />
Jefa de Recursos Legales de la Biblioteca del Congreso Nacional.<br />
Profesora del MBA de la Universidad de Valparaíso.</p>
<p><em>Srta. <strong>Romina Garrido Iglesias</strong></em><em><br />
</em>Abogada. Candidata a Magíster en Derecho de la informátioca y de las Telecomunicaciones por la Universidad de Chile.<br />
Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Valparaíso. Diplomada de Postítulo en Derecho Informático por la Universidad de Chile.<br />
Abogada del Área de Recursos Legales de la Biblioteca del Congreso Nacional.</p>
<p><em>Prof. Dr. <strong>Salvador Millaleo Hernández</strong></em><br />
Abogado. Doctor en Sociología por la Universidad de Bielefeld (Alemania). Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile.<br />
Profesor de la Universidad Diego Portales.</p>
<p><strong>INSCRIPCIONES / INVITACIONES</strong><strong><br />
</strong>El <em>Encuentro Interuniversitario de Derecho y Tecnologías 2010</em> es un evento abierto y completamente gratuito a la comunidad nacional, teniendo sólo como restricción el aforo de la Sala; se certificará la asistencia. Para participar, basta con enviar esta <a href="http://www.e-derecho.cl/downloads/inscripcion4encuentro.doc" target="_blank">FICHA DE INSCRIPCIÓN</a> al correo electrónico <a href="mailto:instituto@e-derecho.cl" target="_blank">instituto@e-derecho.cl</a></p>
<p>El <em>Seminario de Transparencia y Protección de Datos. Análisis Crítico</em> es un evento gratuito para la comunidad nacional, pero para participar del mismo se requiere invitación previa.<br />
Si es de su interés asistir a esta actividad, pueden <strong>solicitar su invitación</strong>, indicando nombre, correo electrónico y teléfono de contacto al correo electrónico <a href="mailto:instituto@e-derecho.cl" target="_blank">instituto@e-derecho.cl</a></p>
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	</item>
		<item>
		<title>Consejo para la Transparencia pedirá a servicios estatales informe por bases de datos en su poder</title>
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		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 15:59:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
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		<category><![CDATA[protección de datos organismos públicos]]></category>

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		<description><![CDATA[En los primeros días de enero, el Consejo para la Transparencia oficiará a las reparticiones públicas para que entreguen información de las bases de datos que tienen en su poder y cómo están ocupando dicha información. Así lo confirmó el presidente de esa entidad, Juan Pablo Olmedo, quien destacó que &#8220;tenemos la necesidad de elevar [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=456&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/logo.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-457" title="logo CPLT" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/logo.jpg?w=300&#038;h=103" alt="" width="300" height="103" /></a>En los primeros días de enero, el Consejo para la Transparencia oficiará a las reparticiones públicas para que entreguen información de las bases de datos que tienen en su poder y cómo están ocupando dicha información. Así lo confirmó el presidente de esa entidad, Juan Pablo Olmedo, quien destacó que &#8220;tenemos la necesidad de elevar los estándares de protección de datos personales&#8221;.</p>
<p>El organismo está trabajando en coordinación con la SEGPRES (Secretaría general de la Presidencia) en la materia, y el envío del oficio viene siendo trabajado hace semanas.</p>
<p>Fuente: <a title="diario.elmercurio.cl" href="http://diario.elmercurio.cl/2009/12/29/nacional/politica/noticias/8056e403-4521-4458-be17-fb7b6b4fe92f.htm" target="_blank">El Mercurio</a></p>
<br />Publicado enConsejo para la Transparencia, Noticias, Tratamiento de datos personales Tagged: Consejo para la Transparencia, Noticias, protección de datos organismos públicos <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/456/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=456&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">logo CPLT</media:title>
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	</item>
		<item>
		<title>El 97% de 164 servicios públicos vulnera la norma de protección de datos personales</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/12/28/el-97-de-164-servicios-publicos-vulnera-la-norma-de-proteccion-de-datos-personales/</link>
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		<pubDate>Mon, 28 Dec 2009 18:52:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Acceso a la información pública]]></category>
		<category><![CDATA[Proyecto de ley, Boletín 6120]]></category>
		<category><![CDATA[Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
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		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[Fuente: El Mercurio
Sólo el 3% de las reparticiones dependientes de los ministerios sociales tienen inscritas las bases de datos con información de ciudadanos que usan en sus entidades. Ésa fue la conclusión de un estudio de la Fundación Pro Acceso que involucró a 164 servicios, programas o beneficios de los ministerios de Vivienda, Salud, Educación, [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=448&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span style="text-decoration:underline;"><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/20091228_proteccion_datos1.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-451" title="20091228_proteccion_datos" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/20091228_proteccion_datos1.jpg?w=300&#038;h=116" alt="" width="300" height="116" /></a>Fuente</span>: <a title="diario.elmercurio.com" href="http://diario.elmercurio.com/2009/12/28/nacional/politica/noticias/B2E65221-D7A4-4480-915B-CCD75C7EEDE2.htm?id={B2E65221-D7A4-4480-915B-CCD75C7EEDE2}&lt;b" target="_blank">El Mercurio</a></p>
<p>Sólo el 3% de las reparticiones dependientes de los ministerios sociales tienen inscritas las bases de datos con información de ciudadanos que usan en sus entidades. Ésa fue la conclusión de un estudio de la Fundación Pro Acceso que involucró a 164 servicios, programas o beneficios de los ministerios de Vivienda, Salud, Educación, Trabajo y Planificación, y el Servicio Nacional de la Mujer. El trabajo, uno de los más extensos que se ha desarrollado usando la Ley de Transparencia, se realizó a partir de un cuestionario de siete preguntas enviado durante el mes de septiembre a las reparticiones.</p>
<p><span id="more-448"></span> Sin embargo, los resultados muestran un panorama preocupante, según plantea Federico Allendes, abogado y presidente de Pro Acceso. &#8220;Hay un escaso cumplimiento de la ley sobre protección de datos y vida privada. Porque de los 50 servicios que respondieron formalmente, hubo 39 que reconocieron tener bases de datos personales, y de ésos solamente 5 han cumplido con su deber de registrarlas ante la entidad correspondiente, que es el Registro Civil&#8221;, señala.Este hecho, añade Allendes, es un incumplimiento de la Ley 19.628, que protege los datos personales, ya que los servicios están obligados por esa norma a registrar sus bases de datos, y deja en una abierta desprotección a los ciudadanos. &#8220;Es un problema muy serio, porque el estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de datos tiene el Estado sobre ellos&#8221;, dice.</p>
<p>Además, el estudio reveló que sólo 5 servicios afirmaron tener un encargado para el tema de las bases de datos, y que son escasas las medidas de seguridad adoptadas por los organismos para proteger dicha información.</p>
<p>&#8220;Hay una gran desprotección que implica un desafío enorme para el futuro, porque Chile ingresó a la OCDE, y dentro de las políticas de ese grupo está la protección de datos. En este momento estamos con un proyecto en el Parlamento para tratar de alcanzar el nivel OCDE; sin embargo, las prácticas actuales no están en ese nivel&#8221;, plantea Allendes.</p>
<p>Ante este panorama, la Fundación Pro Acceso acudirá hoy al Consejo para la Transparencia, organismo facultado para velar por el manejo de las bases de datos en el sector público, para hacer entrega del estudio y solicitarle acciones respecto del tema, ya que, según concluye Allendes, &#8220;no hay políticas claras ni normas técnicas sobre las reglas de seguridad que se debieran seguir en el manejo de las bases de datos. No se está cumpliendo la ley actual por ningún lado&#8221;.</p>
<p><strong>Bajo cumplimiento de la Ley de Transparencia</strong></p>
<p>Otro elemento del estudio que fue mal evaluado por Pro Acceso fue el nivel de respuesta de los organismos públicos.</p>
<p>&#8220;Del 100% de la muestra, solamente un 30% respondió satisfactoriamente, lo que es un nivel muy bajo&#8221;, señaló Federico Allendes. El 28% no emitió respuesta alguna y el 34% respondió formalmente l solicitud, pero sin contestar el cuestionario, lo que también será puesto en conocimiento del Consejo para la Transparencia, para que tome las medidas correspondientes en el tema.</p>
<p>&#8220;El estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de datos tiene el Estado sobre ellos (&#8230;) Hay una gran desprotección que implica un desafío enorme&#8221;.</p>
<p>El estudio se encuentra disponible <a title="Proacceso" href="http://www.proacceso.cl/files/Estudio%20Ley%2019.628_0.pdf" target="_blank">aquí.</a></p>
<br />Publicado enAcceso a la información pública, Proyecto de ley, Boletín 6120, Transparencia, Tratamiento de datos personales Tagged: Consejo para la Transparencia, datos personales, Noticias, Protección de datos <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/448/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=448&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>Nueva filtración de datos personales de la JUNAEB: Auditoría Informática ya&#8230;</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Dec 2009 17:19:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jessica  Matus</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de menores]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<category><![CDATA[datos sensibles]]></category>
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		<category><![CDATA[tratamiento de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[El martes 01 de diciembre de 2009 nos enteramos por los medios de comunicación del &#8220;HACKEO&#8221; de los datos personales correspondientes al número de RUT y fotografía de 75.000 chilenos, apareciendo éstos en un video que fue publicado en Youtube y otros portales, y que fuera elaborado por los mismos hackers&#8230;
Los datos habrían sido extraídos desde [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=429&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/sube-tu-foto.jpg"></a><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/sube-tu-foto1.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-436" title="sube tu foto" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/sube-tu-foto1.jpg?w=300&#038;h=97" alt="Fuente: www.junaeb.cl" width="300" height="97" /></a>El martes 01 de diciembre de 2009 nos enteramos por los medios de comunicación del &#8220;HACKEO&#8221; de los datos personales correspondientes al <strong>número de RUT y fotografía de 75.000 chilenos</strong>, apareciendo éstos en un video que fue publicado en Youtube y otros portales, y que fuera elaborado por los mismos hackers&#8230;</p>
<p>Los datos habrían sido extraídos desde el sitio de la <strong>Junta Nacional de Auxilio y Escolar y Becas (JUNAEB)</strong>, específicamente del portal del Sistema Nacional de Becas ( <a href="http://sinab.junaeb.cl">http://sinab.junaeb.cl</a>). Vemos nuevamente a este organismo público involucrado o afectado por hechos de esta naturaleza (recordemos lo ocurrido <a title="Exposición pública de datos de menores" href="http://protecciondedatospersonales.cl/2009/06/11/exposicion-publica-de-datos-de-menores/" target="_blank">en el mes de junio de este año respecto de los datos de menores</a>)</p>
<p><span id="more-429"></span></p>
<p>Señalamos en ese momento que el tratamiento de datos personales realizado tanto por organismos públicos como privados, debe cumplir el <strong>principio de seguridad</strong>, contenido en el artículo 11 de la ley 19.628,  que señala: <em><strong>&#8220;El responsable de los registros o bases donde se almacenen datos personales con posterioridad a su recolección deberá cuidar de ellos con la debida diligencia, haciéndose responsable de los daños&#8221;.</strong></em> Si bien no se establece en la ley, de manera expresa, el cumplimiento específico de determinados estándares de seguridad, los responsables de bases de datos <strong><span style="text-decoration:underline;">deben</span></strong> establecer una planificación en la herramienta que soportará toda la información, y adoptar una serie de medidas legales, técnicas y organizativas de seguridad que limiten su responsabilidad frente a posibles incumplimientos de la normativa de protección de datos.</p>
<p>Convengamos en que los datos que maneja la JUNAEB son de una sensibilidad o criticidad elevada, por cuanto no sólo se manejan datos de identificación de las personas, sino que mantienen otros datos que dan cuenta de circunstancias personales, como la asignación de beneficios sociales asociados a becas u otros (programas de alimentación escolar por ejemplo)<a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/sube-tu-foto.jpg"></a>, o de características personales, como la fotografía o imagen. Resulta determinante, por tanto, que en el caso de la JUNAEB se efectúe una <strong>auditoría informática</strong>, para conocer si su sistema informatizado salvaguarda los activos, mantiene la integridad de los datos, se llevan a cabo eficazmente los fines de la organización y si utiliza eficientemente los recursos.</p>
<p>Con claridad existe una vulnerabilidad en el sistema informático de esta entidad que genera un riesgo para la institución y los titulares de los datos.</p>
<p>Noticia: <a title="El Mercurio" href="http://diario.elmercurio.cl/2009/12/01/ciencia_y_tecnologia/mas/noticias/062cfc9e-c515-4517-9414-188dd9777c84.htm" target="_blank">El Mercurio</a>, <a title="LUN" href="http://www.lun.com/Pages/NewsDetail.aspx?dt=2009-12-01&amp;PaginaId=2&amp;bodyid=0" target="_blank">LUN</a></p>
<br />Publicado enDatos de menores, Derechos Fundamentales, Noticias, Tratamiento de datos personales Tagged: datos personales, datos personales en la educación, datos sensibles, Discriminación, Noticias, tratamiento de datos <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/429/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=429&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">sube tu foto</media:title>
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	</item>
		<item>
		<title>Curriculum sin datos personales ¿el fin de la discriminación?</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/12/02/curriculum-sin-datos-personales-%c2%bfel-fin-de-la-discriminacion/</link>
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		<pubDate>Wed, 02 Dec 2009 15:26:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de los trabajadores]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<category><![CDATA[protección de datos personales]]></category>

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		<description><![CDATA[Un proyecto piloto de seis meses de duración estrenarán 50 empresas francesas, el cual consiste en recibir postulaciones de candidatos a cargos para trabajar en ellas sin datos personales referidos a caracteristicas físicas o sociales.  Esto significa que el curriculum sólo debe contener los datos personales académicos, tales como experiencia laboral, capacidades del postulante, logros [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=418&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/modelo-de-curriculum-vitae3.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-424" title="modelo-de-curriculum-vitae3" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/12/modelo-de-curriculum-vitae3.jpg?w=139&#038;h=209" alt="" width="139" height="209" /></a>Un proyecto piloto de seis meses de duración estrenarán 50 empresas francesas, el cual consiste en recibir postulaciones de candidatos a cargos para trabajar en ellas <strong>sin datos personales</strong> referidos a caracteristicas físicas o sociales.  Esto significa que el curriculum sólo debe contener los datos personales académicos, tales como experiencia laboral, capacidades del postulante, logros y metas en otros trabajos, proyectos liderados, etc. Se trata de <strong>curriculum ciegos</strong> que buscan terminar con todo tipo de discriminación sea por apariencia, origen racial, apellidos, etc.</p>
<p>En Chile el <a href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=207436">Código del Trabajo</a> prohíbe todo acto de discriminación, considerando entre ellos las exclusiones basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, religión, opinión política, nacionalidad, origen social, etc. También se prohíbe condicionar el empleo a la inexistencia de deudas.<br />
<span id="more-418"></span><br />
Todo lo anterior, al igual que en Francia, es <em>letra muerta</em> debido a que en la práctica es difícil de probar la existencia de esta discriminación pre- contractual, la cual se da el momento de análisis de los postulantes. Es una realidad que supera el mandato de la norma:  tener Dicom, no solo es la muerte económica si no también un impedimento para acceder por completo al mercado laboral, aunque no tenga nada que ver con el trabajo en postulación.</p>
<p>La <a href="http://www.dt.gob.cl">Dirección del Trabajo</a> en Chile, dentro de sus facultades de fiscalización <a href="http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/find-results.html">ha sancionado</a> a diversas empresas que mediante avisos exigen ciertas características tales como: buena presencia, apariencia física, fotografía, antecedentes comerciales, edad, nacionalidad  y en otras situaciones ha considerado que la exigencia de titulo universitario o solo técnico, por ejemplo, no constituye acto de discriminación.</p>
<p>El proyecto Francés que termina en mayo del 2010, será evaluado en sus resultados para determinar en definitiva si es posible una práctica así de manera permanente. Entre las empresas participantes encontramos: Loreal, Peugeot, Axa, Citroen, Nissan, Air France…</p>
<p><strong>¿Cómo le iría a Chile en una iniciativa de esta envergadura?</strong></p>
<br />Publicado enDatos de los trabajadores, Derechos Fundamentales, Noticias, Tratamiento de datos personales Tagged: datos personales, Discriminación, protección de datos personales <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/418/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=418&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">Proteccion de Datos</media:title>
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	</item>
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		<title>Consejo para la Transparencia declara secretos datos de los pacientes</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 15:31:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos de Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[consentimiento informado]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos sensibles]]></category>

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		<description><![CDATA[Los datos de los pacientes que se atiendan en servicios de salud públicos no podrán ser entregados ante solicitudes de información. Así lo resolvió el Consejo para la Transparencia, que denegó en una resolución notificada esta semana una petición que buscaba conocer nombres y domicilios de enfermos con influenza humana.
Según consta en la resolución de [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=409&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/11/200911302.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-412" title="20091130" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/11/200911302.jpg?w=300&#038;h=260" alt="" width="300" height="260" /></a>Los datos de los pacientes que se atiendan en servicios de salud públicos no podrán ser entregados ante solicitudes de información. Así lo resolvió el Consejo para la Transparencia, que denegó en una resolución notificada esta semana una petición que buscaba conocer <strong>nombres y domicilios de enfermos con influenza humana</strong>.</p>
<p>Según consta en la resolución de la entidad (<strong><a title="consejotransparencia.cl" href="http://www.consejotransparencia.cl/prontus_consejo/site/artic/20090821/asocfile/20090821175529/a211_09_decision_fondo.pdf">Decisión Amparo N° A211-09</a></strong>), el 29 de junio pasado Constanza Souza Vega solicitó al alcalde de Peñalolén, Claudio Orrego, acceso y copia a un listado en que se entregara la nómina de enfermos con influenza A(H1N1) diagnosticados en el Centro de Salud Carol Urzúa en la semana del 8 al 14 de junio.</p>
<p><span id="more-409"></span></p>
<p>La municipalidad respondió el 10 de julio, señalando que la información pedida estaba contemplada en las causales de reserva de la Ley de Acceso a la Información; esto es, que correspondía a la esfera de la vida privada de los afectados.</p>
<p>La solicitante recurrió entonces al Consejo para que resolviera el tema. Y la entidad, resolvió, tras consultar a ambas partes, que la información <strong>&#8220;se enmarca dentro de lo que la Ley de Protección de Datos Personales define como datos sensibles, toda vez que se refieren a estados de salud físicos de las personas&#8221;</strong>. El considerando 26° indica además “Que el artículo 10° de dicho cuerpo legal [ley 19.628] prohíbe el tratamiento de los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o se trate de datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, excepciones que no concurren en la solicitud de acceso a información que nos ocupa”.</p>
<p>Por ello, avaló la decisión de la Municipalidad de Peñalolén de no entregar el registro de pacientes, y dictaminó que dichos datos son secretos.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Criterio similar</strong></p>
<p>Otra resolución del Consejo, que también fue notificada esta semana (<strong>Decisión Amparo N° A124-09</strong>), apunta en la misma línea de proteger las identidades de las personas.</p>
<p>La entidad autónoma denegó una solicitud de Tomás Domínguez, quien pidió la lista de obreros que trabajaron en remodelaciones del Cementerio General, donde se habrían exhumado cuerpos.</p>
<p>&#8220;El listado de los trabajadores que ejecutaron la obra no fue un hecho relevante al momento de la evaluación y posterior adjudicación de la licitación pública, por lo que el interés público de conocer dicha información es relevado por el interés privado de su protección en atención a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N°19.628, que dispone que el tratamiento de los datos, como lo sería la cesión de éstos al solicitante, sólo puede efectuarse cuando esta ley u otras disposiciones legales lo autoricen o el titular consienta expresamente en ello, exigencias que en el particular no se presentan”, señaló el Consejo para la Transparencia”.</p>
<p>Asimismo, en su considerando 7° señala “Que, a falta de autorización expresa, el listado referido que solicita el reclamante podría ser cedido si los referidos datos personales hubiesen provenido o sido recolectados de una fuente accesible al público, lo que en la especie no acontece, pues obran en poder del órgano por haber sido proporcionados por el contratista con ocasión del contrato. Lo que, en opinión de este Consejo, obliga a su protección por aplicación del artículo 4, inciso quinto, de la Ley N°19.628”.</p>
<p>Fuente: <a title="elmercurio.com" href="http://diario.elmercurio.com/2009/11/30/nacional/_portada/noticias/D8FD876A-1A7A-458F-8760-084E78501E00.htm">Emol</a></p>
<br />Publicado enDatos de Salud, Noticias Tagged: Consejo para la Transparencia, consentimiento informado, datos personales, datos sensibles <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/409/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=409&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">Proteccion de Datos</media:title>
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			<media:title type="html">20091130</media:title>
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	</item>
		<item>
		<title>Vulnerabilidad de los Datos Personales en el Ecuador con el Proyecto de Ley del Sistema Nacional de Datos Públicos de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Prendas Especiales de Comercio</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/11/27/vulnerabilidad-de-los-datos-personales-en-el-ecuador-con-el-proyecto-de-ley-del-sistema-nacional-de-datos-publicos-de-los-registros-de-la-propiedad-mercantiles-y-de-prendas-especiales-de-comercio/</link>
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		<pubDate>Fri, 27 Nov 2009 15:53:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Datos Económicos]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación comparada]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento de datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[Ecuador]]></category>
		<category><![CDATA[tratamiento de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[El proyecto de Ley del Sistema Nacional de datos públicos de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Prendas Especiales de Comercio, presentado con fecha 18 de agosto del 2009, y que actualmente se halla en el Segundo debate en la Asamblea Nacional del Ecuador, afecta  sin lugar a duda el derecho a la [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=402&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/c/ce/Escudo_de_Armas_de_la_Rep%C3%BAblica_del_Ecuador.png"><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-403" title="ESCUDO~1" src="http://protecciondedatospersonales.files.wordpress.com/2009/11/escudo1.png?w=123&#038;h=150" alt="" width="123" height="150" /></a>El <a title="proyecto de ley ecuador" href="http://asambleanacional.gov.ec/blogs/betty_amores/2009/09/25/proyecto-de-ley-del-sistema-nacional-de-registros-de-datos-publicos/" target="_blank">proyecto de Ley del Sistema Nacional de datos públicos de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Prendas Especiales de Comercio</a>, presentado con fecha 18 de agosto del 2009, y que actualmente se halla en el Segundo debate en la Asamblea Nacional del Ecuador, afecta  sin lugar a duda el derecho a la intimidad y a la privacidad de todos los ciudadanos y ciudadanas ecuatorianos, e incluso contraviene lo que prescribe la misma Carta Magna en su artículo 92, ya que tal precepto jurídico manifiesta en síntesis que cada ciudadano y ciudadana tienen derecho a conocer la información sobre su persona, pero de ninguna manera viabiliza a conocer la información existente sobre los demás.</p>
<p><span id="more-402"></span></p>
<p>Resultaría preciso que los Asambleístas que estudian este proyecto de Ley puedan profundamente concientizar sobre las consecuencias que conllevaría la aprobación de esta Ley,  ya que se vulnera el derecho que tenemos los ciudadanos y ciudadanas a no ser conocidos en ciertos aspectos de nuestra vida por los demás, se vulnera un derecho al secreto de que los demás no sepan lo que somos o lo que hacemos. Entre cada línea de este proyecto es  evidente que la finalidad del mismo es hacer público un derecho de ocultamiento  de ciertas esferas de la persona respecto del conocimiento público, derecho que resulta inherente al ser humano, puesto que es indispensable respetar la necesidad de hombres y mujeres de  mantener ciertas esferas de su vida fuera del conocimiento general y parcial, en esta necesidad se funda el concepto de  “lo íntimo”.</p>
<p>Si bien es cierto, se debe atender que las  necesidades de secreto e información  tienen su origen en la naturaleza humana, es que al momento de definir su lugar en el ordenamiento jurídico, habrá de reconocer que sin duda son parte de las bases que dan fundamento al sistema jurídico del Estado Social y Democrático de Derecho. Es así, como el ordenamiento jurídico debe reconocer el derecho a la intimidad y, como contrapartida el derecho a la información, debiendo establecer las bases para el debido equilibrio entre ambos.</p>
<p>Con lo anterior, fácilmente podemos colegir la falta de un verdadero equilibrio entre el derecho a la intimidad y el derecho a la información en Ecuador, si a través de esta Ley lo que se pretende  como lo manifiesta uno de sus considerandos es  “crear un Sistema Nacional de Datos Públicos de los Registros de la Propiedad , Mercantiles y de Prendas Especiales de Comercio para modernizar, sistematizar e informatizar la recopilación, archivo, publicidad, transparencia, acceso a la información sobre los actos e instrumentos que, de acuerdo con la ley, deban ser inscritos en los Registros Mercantiles o de la propiedad, que integre a todos los registros de datos de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de crear bases de datos que consoliden la información a nivel nacional.” <strong>De qué manera se pretende engañar a los ecuatorianos y ecuatorianas ahora con esta ley?</strong>,  si evidentemente todos nuestros actos mercantiles y comerciales ahora serán de conocimiento público, incluso para las empresas privadas, quienes podrán hacer uso de esta información para evaluar nuestra situación económica y nuestros movimientos comerciales para considerarnos o no como sujetos de crédito. Notablemente esta Ley pretende enmarcarse bajo el hecho del acceso a la información, y a la implementación de un sistema integrado de datos, que a simple vista parecería un paso acertado dentro del mundo de la sociedad de la información en el que actualmente nos desenvolvemos, sin embargo, deja en completa inseguridad a los ciudadanos ya que existirá una base de datos en la que cualquier persona podrá tener acceso a información relacionada con sus actos mercantiles, así como también su situación económica, pues dejará disponible el listado de los bienes que cada uno posee.</p>
<p>Cabe hacer referencia también, que hace poco tiempo se realizaron las declaraciones patrimoniales en el SRI, se aseguró a los ciudadanos que esa información sería confidencial, podemos imaginar el resultado de publicitar esta información, que si bien es cierto no puede ser considerado como datos sensibles de naturaleza, afecta a la persona generándole un clima de inseguridad ya que sin duda, se convertirá en una persona de fácil identificación para los delincuentes, dónde queda ahora lo prescrito en la Carta Magna en el Art. 62 , dónde está ahora el derecho de los ciudadanos y ciudadanas ecuatorianas al “derecho a la intimidad personal y familiar?”</p>
<p>Los señores Asambleístas manifiestan que la información se halla dispersa en cada una de las entidades registrales, sin la interconexión y relación debida entre ella para la cabal publicidad de los actos jurídicos materia de registro, lo que dificulta la localización de la misma y  por tanto, crea un ambiente de inseguridad y desconfianza respecto de las actividades registrales, no obstante, cómo el Gobierno de la Revolución Ciudadana pretende manejar un solo registro de datos?, si ni siquiera puede manejar con transparencia la base de datos madre que es el Registro Civil, si las dependencias públicas aún no disponen de la infraestructura física ni tecnológica que requiere el manejo de una base de datos de tanta importancia, ya que tampoco podemos afirmar que contamos con las seguridades manuales, para los registros que se manejan manualmente, y menos con las seguridades para manejar una base de datos o ficheros automatizados.</p>
<p>Esta Ley es otra con las cuales se pretende vulnerar los derechos de cada uno de los ecuatorianos y ecuatorianas, con la finalidad de resquebrajar cada vez más la individualidad de cada uno, dejando los datos personales a libre uso de las instituciones públicas, de sus funcionarios, y de empresas privadas, irrespetando nuevamente la Constitución o interpretándola a conveniencia del Gobierno de turno.</p>
<p>Para concluir cada ciudadano y ciudadana ecuatorianos, en calidad de titular de la información personal, deberíamos preguntarnos ¿qué más saben de cada uno de nosotros?, ¿qué uso le dan a nuestros datos?, ¿podría afectarnos el uso que le den a nuestros datos?, evidentemente el derecho a la intimidad y a la información debe encontrar un equilibrio. Adicionalmente, el Ecuador no debería quedarse aislado del resto del mundo y debería considerar que ya existen estándares internacionales sobre Protección de Base de Datos y Privacidad, y aplicarlo a la realidad nacional.</p>
<p>Página web de referencia: <a href="http://ww1.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=318524&amp;id_seccion=1">http://ww1.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=318524&amp;id_seccion=1</a></p>
<p style="text-align:right;">Artículo elaborado por doña <strong>María Cristina Vásquez C.</strong>, Abogada de la República del Ecuador.</p>
<p style="text-align:right;">Agradecemos su valioso aporte a la Protección de los Datos Personales.</p>
<br />Publicado enDatos Económicos, Derechos Fundamentales, Legislación comparada, Noticias, Tratamiento de datos personales Tagged: datos personales, Ecuador, Noticias, tratamiento de datos <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/protecciondedatospersonales.wordpress.com/402/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=402&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">Proteccion de Datos</media:title>
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			<media:title type="html">ESCUDO~1</media:title>
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	</item>
		<item>
		<title>Hasta diciembre se recibirán indicaciones al proyecto que reforma la ley de protección de datos personales</title>
		<link>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/11/18/hasta-diciembre-se-recibiran-indicaciones-al-proyecto-que-reforma-la-ley-de-proteccion-de-datos-personales/</link>
		<comments>http://protecciondedatospersonales.cl/2009/11/18/hasta-diciembre-se-recibiran-indicaciones-al-proyecto-que-reforma-la-ley-de-proteccion-de-datos-personales/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 18 Nov 2009 13:36:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>protecciondedatospersonales</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autoridades de protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Proyecto de ley, Boletín 6120]]></category>
		<category><![CDATA[Órgano de Control de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[Boletín 6120]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Proyectos de ley]]></category>

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		<description><![CDATA[En acuerdo con el Ejecutivo, la Comisión de Constitución decidió extender la fecha tope para recibir las indicaciones de los diputados para este proyecto de ley que perfecciona el derecho de las personas a controlar sus datos y entrega al Consejo para la Transparencia la facultad de velar por el cumplimiento de esta ley.

Continuando con [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=protecciondedatospersonales.cl&blog=6111104&post=395&subd=protecciondedatospersonales&ref=&feed=1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En acuerdo con el Ejecutivo, la Comisión de Constitución decidió extender la fecha tope para recibir las indicaciones de los diputados para este proyecto de ley que perfecciona el derecho de las personas a controlar sus datos y entrega al Consejo para la Transparencia la facultad de velar por el cumplimiento de esta ley.</p>
<p><span id="more-395"></span></p>
<p>Continuando con el análisis y discusión del mensaje del Ejecutivo (<a href="http://www.camara.cl/pley/pley_buscador.aspx?prmBuscar=6120" target="_blank">boletín 6120</a>) que introduce modificaciones a la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada y a la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, los miembros de la Comisión de Constitución -que preside la diputada PPD Laura Soto- en su última sesión acordaron posponer el debate de este proyecto hasta el próximo 15 de diciembre, fecha en que la Cámara retoma sus labores.</p>
<p>Asimismo, hasta entonces se extenderá el plazo para presentar las indicaciones a este texto legal, como lo indica la diputada Laura Soto (PPD).</p>
<p>“Abrimos un nuevo plazo para que se presenten nuevamente las indicaciones”, precisó. Agregó que “por parte del Ejecutivo se expresó que no están por presentar indicación alguna porque están muy de acuerdo con el proyecto presentado”.</p>
<p>Indicó la parlamentaria que durante el análisis de esta iniciativa, que consagra explícitamente el derecho de las personas a controlar sus datos -especialmente los sensibles- perfeccionando así la normativa vigente, se ha puesto en discusión la pertinencia o no de que un mismo organismo, como es el Consejo para la Transparencia (CPLT), agrupe las dos facultades, vale decir, de protección de datos personales y la de transparentar la información de los organismos públicos.</p>
<p>“Seguimos en el estudio del proyecto y hay algunas dudas, una de ellas más fuerte quizás, si se pudiera clasificar así, es cómo se va a conciliar la protección de los datos personales con el afán de transparentar todo en una misma institucionalidad”, explicó la diputada Soto.</p>
<p>Agregó que “otro tema es si el Ministerio de Hacienda va a estar dispuesto a entregar los fondos suficientes como para que eso se lleve a cabo”.</p>
<p>Hasta el momento, la Comisión ha conocido los planteamientos del Ejecutivo, a través de la participación del Ministro Secretario General de la Presidencia José Antonio Viera-Gallo, y el presidente del Consejo para la Transparencia, Juan Pablo Olmedo, quienes en esta materia se mostraron conformes en que sea el CPLT quien agrupe estas dos atribuciones.</p>
<p>Por su parte, la directora del Centro de Derecho y Tecnologías de la Facultad de Derecho de la Universidad Central, Lorena Donoso, si bien se mostró a favor de la iniciativa porque mejora el sistema actual, indicó sus reparos respecto de la dualidad de funciones del CPLT.</p>
<p>En este sentido, recomendó perfeccionar la estructura orgánica del Consejo para la Transparencia, en orden a que debe ser un organismo bicéfalo, de manera que tenga un peso y contrapeso respecto del acceso a la información pública y no sea un sólo órgano el que tenga ambas estructuras, la de protección y la de transparencia.</p>
<p><em>Fuente: <a title="camara.cl" href="http://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=36440" target="_blank">Cámara de Diputados</a></em></p>
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