Recomendaciones sobre protección de datos personales para órganos de la Administración del Estado.

Consejo para la Transparencia Tratamiento de datos personalesPublished noviembre 4, 2011 at 10:00 am No Comments

En el rol de velar por el cumplimiento de la Ley 19.628 ,el Consejo para la Transparencia público en septiembre de 2011 recomendaciones para los órganos públicos regidos por la ley de transparencia, estableciendo orientaciones para  el tratamiento de datos que obran en poder de la administración. En ese sentido el consejo explica que principios deben tenerse en cuenta al momento que el órgano decida levantar una base de datos (condiciones de licitud), orienta sobre los principios que han de tenerse presente en ese caso, y establece la forma en que los titulares pueden ejercer sus derechos de acceso al dato. Es importante también señalar que establece la incorporación de las medidas de seguridad contenidas en el Decreto Supremo 83/2004.

También recomienda que los órganos públicos nombren un encargado de protección de datos, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley Nº 19.628 y una mejor observancia de las presentes Recomendaciones,  y constituya un contacto efectivo en la materia con el Consejo para la Transparencia.

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