Diseño de un Modelo Organizacional del Consejo para la Transparencia, en su nueva función de Protección de Datos
Autoridades de protección de datos Consejo para la Transparencia Eventos Opinión Proyecto de ley, Boletín 6120Published agosto 3, 2010 at 3:38 pm No Comments
Este lunes 2 de agosto el Consejo para la Transparencia en invitación cerrada convocó a un panel de discusión a propósito del informe encargado al Centro de Sistemas Públicos (CSP) del Departamento de Ingeniería Industrial de la Universidad de Chile: “Diseño de un Modelo Organizacional del Consejo para la Transparencia, en su nueva función de Protección de Datos” Los objetivos de este panel básicamente eran posicionar el tema de la futura institucionalidad para la Protección de Datos, generar la discusión en un entorno universitario y escuchar los planteamientos de distintos sectores.
El informe se sitúa dentro del contexto del proyecto de ley en discusión (o más bien dicho reposando) en el Congreso, que otorga las facultades al Consejo para la Transparencia en materia de protección de datos. En este informe técnico el CSP expone las diversas alternativas para un modelo institucional y finalmente se recomienda la más adecuada.
En la primera parte del evento se expuso el informe de la Universidad de Chile, explicando claramente el contexto o marco de referencia del estudio. Sin embargo luego de la propuesta o recomendación del CSP, vinieron las ventajas y desventajas de una institución única con ambas funciones (acceso y protección de datos), siendo las primeras mayores que las segundas, o al menos más visibles y de mayor contrapeso.
Un final un tanto extraño…
Posteriormente se abrió el debate con distintas posiciones moderado por el consejero Alejandro Ferreiro. Las posiciones u opiniones que pude captar fueron mas o menos las siguientes:
Juan Enrique Vargas, Decano de la UDP: Planteó que los casos de protección de datos pueden resolverse tomando criterios de casos anteriores (haciendo el símil de un timbre que se usa tantas veces llegue un caso en que ya haya pronunciamiento similar previo), esto pues a su juicio la protección de datos no presenta las particularidades del acceso a la información pública. Esto es un poco parecido a lo que hace la DT o la CGR al resolver citando pronunciamientos anteriores. En su concepto ambas institucionalidades deben funcionar juntas.
Moisés Sánchez, de Proacceso: Planteo la mirada desde la sociedad civil, el trafico indiscriminado de datos, la ignorancia sobre donde y quienes los tienen y la necesidad de fijar criterios de armonización entre transparencia y protección de datos. El rol de Proacceso en ese sentido es educar y sensibilizar en esta materia. Su postura sobre la institucionalidad debo decir que no quedó clara.
Alejandro Barros: Nos quedamos con la reflexión sobre el avance de la tecnología totalmente asimétrico con las leyes existentes. Las tendencias de Open data, el cloud computing, el crecimiento de los servicios globales, la mejora de las plataformas tecnológicas en el Estado no van de la mano con las leyes protectoras de datos.
Felipe Harboe, Diputado: Planteo la idea de la ” teoría de la estructura consecuencial”: una institucionalidad debe modelarse teniendo claridad de la naturaleza del derecho que se va a proteger, que objetivos tiene y cual será la estrategia para lograrlo. Relacionado con esto es interesante la reflexión sobre cual será la naturaleza que cómo país le daremos al derecho a la protección de datos personales. Respeto al organismo para la protección de datos su postura es la de la institucionalidad separada.
Andrés Allamand, Senador: También manifestó la postura de la institucionalidad separada, basado en aspecto tales como la demanda encubierta de protección de datos y principalmente la naturaleza bajo la cual esta concebido el Consejo para la Transparencia, su funcionamiento y los incentivos opuestos entre acceso a la información y protección de datos, la construcción de ambos derechos, su componente es distinto, etc.
Finalmente, tengo las siguiente impresiones:
- El ejercicio propuesto en este debate es sin duda un acto de transparencia de un Consejo preocupado de sus posibles nuevas funciones y es un acto de transparencia aún mayor cuando la mitad de los panelistas invitados consensuaron en la importancia de que el Consejo por la Transparencia no sea la encargada de la institucionalidad de la Protección de Datos Personales, lo cual estaba en parte, fuera del contexto de discusión.
- Esto trae como consecuencia la sensación que estamos frente a un proyecto de ley huérfano. No tiene padre ni madre. ¿Quien es el organismo encargado de su impulso? ¿Es prioridad para el actual gobierno o al menos está dentro de su agenda? ¿Quién defiende los fundamentos de que el Consejo sea la institucionalidad de protección de datos? ¿El propio Consejo? Al menos quedó un tanto claro que el objeto de encargar este estudio es ver el impacto que asignar esta función al consejo y de ahí deriva la preocupación del CPT.
- También tengo la sensación de que la protección de datos esta siendo mirada como instrumento, no solo para el desarrollo económico de Chile, si no también dentro del ámbito de acceso a la información y no en el contexto de la dignidad humana. Si bien el acceso a la información es un derecho humano, reconocido por Tribunales Internacionales como parte del derecho a la información, que se condice con un principio de actuación del Estado cual es la transparencia de la función pública, puesto que se traduce en el mecanismo para poder hacer efectivo el control sobre la actuación de los poderes públicos. La protección de datos, por su parte, como derecho de autodeterminación informativa también reconocido como derecho humano, va intrínsecamente ligado a un atributo de la personalidad, a mi juicio un derecho de mayor jerarquía que el derecho a saber: la dignidad humana, como valor esencial intrínseco de todo ser humano independiente de toda condición. Puesto que mis datos personales soy yo mismo y nada menos. Como disco rayado: un tratamiento ileal de datos no solo afecta la privacidad, sino que puede cercenar un sinnúmero de derechos y libertades en su esencia: libertad de movimiento, acceso a la salud, a la educación, al empleo…



