Datos personales y Servicio Electoral
Opinión TransparenciaPublished junio 20, 2010 at 9:07 pm 1 Comment
Carta publicada en la sección Opinión del diario chileno La Tercera
el día 16 de junio de 2010
Señor director:
Hace algunos días los medios de comunicación informaron sobre la decisión del Consejo para la Transparencia en el caso Servicio Electoral (Servel), que señaló que los datos del padrón electoral en poder de este órgano, que antes vendía en soporte electrónico, es información y debe entregarse de manera gratuita a quien los pida. La respuesta de nuestros legisladores frente a esto, a los que se les ha delegado la responsabilidad de modificar este estado de cosas que obligó a haber resuelto de esta manera, no se ha hecho esperar. Se ha presentado un proyecto de ley que modifica la ley del Servel, señalando que no es información pública el RUT, profesión y circunstancia de ser analfabeto o no vidente.
Sin embargo, hay que tener presente aquello que permite armonizar criterios de publicidad vs. privacidad en documentos que obran en poder del Estado, en el sentido que los datos personales no dejan de ser tales por estar contenidos en documentos públicos. Si el Estado maneja, almacena y trata datos personales, no se transforman por ese hecho en información pública; mantienen su carácter de datos personales. En ningún caso el Servel puede ceder dicha información a terceros o usarla para un fin distinto al declarado en su recogida, cual es asegurar el ejercicio del derecho constitucional a sufragio y las elecciones se realicen en un contexto lejos de corrupción, puesto que ello se encuentra fuera de su ámbito de acción.
No es correcto afirmar que la información contenida en el padrón electoral es información pública, sino datos personales, que son el reflejo de nuestra individualidad y personalidad. Deben armonizarse y no incompatibilizarse ambas cuestiones.
Romina Garrido




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